miércoles, 16 de marzo de 2016

¿Sabes qué son los gobiernos de coalición?

COALICIONES I

¿QUÉ ES UN GOBIERNO DE COALICIÓN? 
Los gobiernos de coalición se dan en sistemas parlamentarios. Se forman una vez realizadas las elecciones, en las cuales ningún partido ha obtenido la mayoría suficiente para gobernar por sí mismos.
Se pueden dar diferentes escenarios:
  •  Que el partido más votado no alcance la mayoría absoluta, y llegue a un acuerdo de gobierno con otro u otros partidos, para así alcanzar la mayoría parlamentaria suficiente. Como ejemplo histórico, tenemos los Pactos del Majestic donde Aznar y Pujol firmaron un acuerdo que acabaría conformando un gobierno (junto con Coalición Canaria y PNV) que desbancaría al PSOE, hasta ese momento dueño absoluto del Congreso y la Moncloa.
  •  Que se dé una unión de partidos para superar aritméticamente al más votado. El ejemplo del Tripartit en Catalunya (PSC, Esquerra Republicana y ICV) que desbancó al partido más votado en ese momento, CIU.
*También se pueden dar pactos estratégicos que se suceden antes de que se celebren las elecciones, donde dos o más partidos llegan a acuerdos estratégicos de gobierno. Si una vez celebradas las elecciones los resultados se asemejan a lo esperado, se formará el gobierno de coalición acordado.

¿QUÉ MOTIVA A LOS PARTIDOS A COALICIONAR?
Sobre todo, obtener la mayoría absoluta suficiente para poder gobernar. Aunque puede haber más motivaciones según las preferencias de cada partido, podemos destacar algunas comunes:
  • En el ámbito de gobierno: La pretensión es obtener cargos y carteras (Ministerios, Concejalías, etc.)
  • En el ámbito parlamentario: Que el partido alcance poder, para lograr impulsar políticas públicas (las que hayan presentado en su campaña y hayan prometido a sus electores)
  • En el ámbito electoral: La obtención de más votos para así aumentar el electorado afín.
  • En el ámbito interno: Fomentar la cohesión interna del partido, para garantizar la supervivencia de la propia formación.
Esto no quiere decir que los partidos tengan que decidir que motivación de las cuatro les llevará a coalicionar, sino que se pueden dar todas de manera simultánea.

Según estos cuatro ámbitos de motivaciones generales, los partidos podrán calcular si les conviene o no generar una coalición. Es decir, pongamos en el caso de una hipotética coalición entre PSOE+Ciudadanos+Podemos. Si nos centramos desde el punto de vista del PSOE:
  • En el ámbito de gobierno, Snchz llevaría la Presidencia, y el PSOE conseguiría el control de diferentes cargos ministeriales para su partido. (+1)
  • En el ámbito parlamentario, tendrían apoyo para impulsar las políticas públicas que quisieran (+1)
  • En el ámbito electoral, podrían perder apoyo y votos de los simpatizantes socialistas, al haber pactado con un partido liberal de derechas (Ciudadanos) o con un partido de extrema izquierda (Podemos) (-1)
  • En el ámbito interno, puede darse disgregación y confrontación debido al pacto con partidos de extrema izquierda y de derecha liberal. Pueden darse casos de transfuguismo y se puede romper la cohesión interna del partido. (-1)
Tenemos que ver este hecho como una ecuación, en la que se tienen en cuenta diferentes elementos que determinarán si a un partido le conviene hacer coalición o no.

FACTORES QUE INFLUYEN UN GOBIERNO DE COALICIÓN
Además de las motivaciones para formar gobierno de coalición, existen diferentes factores que lo influyen.
Si tenemos un sistema de partidos fragmentado (es decir, que existe mucha diversidad de partidos que obtienen votos) es más fácil que se tienda a formar gobiernos de coalición.
En cambio, si tenemos un escenario donde pocos partidos obtengan representación parlamentaria, (concentración de votos en pocos partidos) se tenderá al bipartidismo.

El ejemplo claro lo tenemos en España, donde el sistema electoral y la cultura política de la sociedad, siempre ja tendido a la concentración de poder en dos partidos, PSOE/PP fomentando así, el bipartidismo.

Las circunstancias actuales (crisis económica, altos casos de corrupción, la aparición de nuevos partidos...) han hecho que el voto se fragmente aún más y se divida en más partidos, acercando a la arena política a dos partidos "nuevos como son Ciudadanos y Podemos.


*Continuación en la siguiente publicación: 
¿Por qué tenemos miedo a los gobiernos de coalición?

miércoles, 26 de noviembre de 2014

Violencia de género. Más allá de la agresión

La violencia de género ha pasado de ser un problema personal, a considerarse como un problema social. 
A pesar de este cambio de paradigma social, se ha de tener claro que la gran lacra de la violencia de género esta presente en todas las clases sociales y diferentes etnias en mayor o menor medida.

Pero la violencia de género no es solo territorio exclusivo de la agresión física y/o verbal.

Podemos considerar como acto de violencia, el hecho de cobrar menos por ser mujer aunque se lleve a cabo el mismo trabajo. Según un estudio realizado por UGT para el año 2014, las mujeres ganan una media de 22.9% menos que los hombres. Una mujer tiene que trabajar 84 días más al año para equiparar su sueldo al de un hombre. (Aunque tanto el hombre como la mujer desempeñen el mismo puesto de trabajo). 

Según datos del Eurostat, la brecha salarial entre hombres y mujeres fue de un 16.2% para el año 2011. Para poder entender estos datos, podemos tomar como referencia los resultados de otro país de características similares a España. Es el caso de Italia, donde la brecha salarial fue de un 5'8% para el mismo año 2011.

A este hecho, se le ha de sumar la concepción tan diferente sobre la "vida familiar" que tenemos hombres y mujeres. Mientras que las mujeres aportan 4 horas y media diarias al cuidado del hogar y la familia, los hombres lo hacen 2 horas menos.

En el caso de las mujeres, existe una dificultad real de conciliar la vida familiar con la laboral. 
Teniendo en cuenta que una jornada laboral completa son 8 horas, tenemos que sumarle las 4 horas y media que consumen en el cuidado familiar, más las 8 horas de descanso y sueño. El total se eleva a 20 horas y media, dejando solo 3 horas y media como único tiempo al día en el que las mujeres pueden dedicarse a si mismas.

No existen, o son muy limitadas las ayudas o apoyo a las madres trabajadoras (escasas guarderías públicas,  servicios en colegios, ayudas económicas, etc...) lo que implica un mayor impedimento al acceso en el mercado laboral.

Por esto, y por una mera practicidad a la hora de conciliar la vida laboral con la familiar, el 97.3% de las personas ocupadas a tiempo parcial, son mujeres que se hacen cargo del cuidado de los hijos menores de 14 años.
Estos datos, vienen acompañados de las cifras de desempleo. El paro afecta más a mujeres que a hombres, especialmente si hablamos de paro de larga duración, aunque también se hace presente en el trabajo temporal y parcial. Actualmente, el balance de las cifras de desempleo entre hombre y mujeres, falla en contra de ellas. En España hay 1.466.200 de mujeres menos con empleo en comparación con la tasa de empleo masculina.

Si aumentamos nuestro espectro de investigación, y pasamos a observar la situación de mujeres que son miembros de familias monomarentales,podemos detectar como el riesgo de exclusión social se exacerba.  

Las familias monoparentales se ven abocadas a un riesgo de exclusión social mucho más elevado que aquellas familias que tienen dos componentes o más. 

Si en estas familias monoparentales, las mujeres son las únicas responsables, se incurre en un mayor riesgo de exclusión social.
A la circunstancia de riesgo de exclusión social que afecta a todas las mujeres, por el simple hecho de ser féminas, una madre soltera a cargo de sus hijos se puede ver abocada a situaciones de marginalidad y exclusión social agravada. Esta coyuntura conlleva una mayor dificultad para la estabilidad laboral, el acceso a una vivienda digna y la posibilidad de obtener recursos para satisfacer las necesidades que comporten un bienestar personal.

Tampoco se puede contar con un gran apoyo del Sector Público. La única ayuda estatal que reciben estas familias monomarentales, una vez agotado el subsidio del paro, es la Renta Mínima de Inserción que normalmente no es suficiente para evitar la situación de riesgo de exclusión social de este colectivo. 
Además,la recepción de estas ayudas es escasa, y tan solo llega al 10% de las familias que se encuentran en esta situación. Podemos comparar estos datos con otros países, como es el caso de Alemania o Irlanda, donde estas ayudas alcanzan un 90% de efectividad, es decir, 9 de cada 10 famílias monomarentales, reciben ayudas públicas suficientes.
En resumen, la situación de desigualdad permanente, también puede ser considerada como una forma más de violencia estructural socializada. Sobretodo teniendo en cuenta que la mujer sigue siendo más pobre que el hombre (7 de cada 10 personas pobres son mujeres, según datos de la ONU

Esta cifra nos tiene que hacer pensar sobre la exclusión social sistemática dirigida hacia el colectivo femenino, y que sin embargo, se encuentra socialmente aceptada. Debemos hacer una reflexión profunda sobre hacia donde queremos dirigirnos.

Como decía Olimpe de Gouges en la Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadanía de 1791 : "La mujer nace libre y permanece igual al hombre en derechos…por lo que debe existir un trato igualitario".

Ahora bien, después de más de 200 años, ¿Hemos conseguido este trato igualitario?

martes, 19 de noviembre de 2013

La muerte de Montesquieu: Separación de poderes fallida

Que vivimos dentro de un sistema bipartidista es algo más que conocido por todos, pero que este sistema de partidos se expande hasta todos los recovecos del poder, no es algo que sea de dominio público.
Y aquí se me plantea una duda, que existencial o no, me parece interesante cuanto menos ¿Existe la tan aclamada separación de poderes en España?

La propia Constitución española de 1812 ya afirmaba la separación de los poderes (legislativo-Las cortes, Ejecutivo-Rey, Judicial-Tribunales) claramente en tres artículos diferenciados (art.15,16 y 17) También la Constitución de 1869 delimitaba las funciones de los organismos del Estado, para separar los poderes ( (art 34,35 y 36) Legislativo-Las Cortes, Ejecutivo- Reside en el Rey pero lo ejercen los Ministros, Judicial-Tribunales)
Pero si queremos encontrar el termino de separación de poderes en la Constitución de 1978 (la actual y vigente), no podremos encontrar ningún artículo específico, sino que debemos entender que esta implícitamente definido dentro de muchos de los artículos de la propia Constitución.
Y puede que de aquí venga el problema. Parece que necesitemos unas normas bien rígidas en este país, por que aquí nada vale, menos lo que esta explícitamente escrito en nuestras leyes. No cabe el sentido común y el raciocinio.

Algunos pensarán que me olvido del proceso de Controles y Contrapesos (Check and Balances) dentro del sistema. Este dicho proceso, se basa en la concepción siguiente: Aunque los tres poderes  estén separados, (legislativo, ejecutivo y judicial) debe haber lazos de conexión y unión entre ellos.
De esta manera se evita que ningún poder crezca sobre otro y pueda eclipsarlo todo, desestabilizando el sistema. Sería como algo parecido a vigilar al vigilante. Dicho en otras palabras, evita la concentración de poder y da equilibrio a la estructura del Estado.

En su sistema, los anglosajones lo llaman Check and Balances.
Pero aquí la cosa cambia, y no precisamente por el nombre, sino por el propio sistema.
En España, yo lo definiría como ESTRANGULAR la esencia de la separación de poderes. 
Este concepto que tanto promulgaron Montesquieu, Locke, Rousseau,... parece que se les olvidó a los creadores de la Constitución de 1978, y más cuando tenían que prever la cantidad de poder que se le estaba otorgando al legislativo y al ejecutivo.

Pues bien, hoy día 19 de Noviembre, se reunen nuestros queridos amiguitos, los políticos del Congreso, para llegar a un acuerdo sobre la renovación del CGPJ (en conjunto con el Senado). Si, han leído bien. Son los políticos los que "colocan" a los jueces que formarán los órganos judiciales superiores. Desde el Tribunal Constitucional, pasando por el CGPJ, (Consejo General del Poder Judicial) hasta indirectamente el Tribunal Supremo.
Podríamos decir que el Tribunal Supremo es un ente judicial independiente, pero la elección de los miembros de este Tribunal, recae en el CGPJ, (que como ya hemos mencionado, están elegidos por el Congreso de los Diputados)
El Fiscal General lo propone el Gobierno de turno, y ni siquiera el Defensor del Pueblo puede librarse de estas elecciones "a dedo".

Después de ver estas "uniones y relaciones" entre los 3 poderes, puedo concluir que más que un sistema de pesos y contrapesos, estamos ante un sistema político oligarca que solo es posible en función de la rentabilidad que sacan algunos. 

¿Cómo vamos a pensar que un Fiscal General que es elegido por el Gobierno X, luego pueda abrir investigaciones sobre presuntos delitos al mismo partido político que lo eligió? ¿O cómo vamos a creer que el Tribunal Constitucional (que 10 de sus 12 miembros son escogidos por el Congreso y el Senado, o sea, por políticos) pueda fallar en contra de los ideales que promulgan los partidos mayoritarios, que han sido quienes los han elegido? 
Esta gente no suele morder la mano que les da de comer, y sinceramente afirmo, que la situación en España es el reflejo profundo de nuestro sistema.

La separación de poderes se presenta, por lo tanto, como elemento principal del constitucionalismo moderno y como característica inamovible de la democracia.
Pero tal y como hemos visto, en España carecemos de separación de poderes efectiva.

Entonces, ¿estamos viviendo en una democracia de verdad?